En la presente unidad, veremos qué es la educación como derecho humano universal, qué normas o leyes están implicadas para defender este derecho y a quiénes cubre, ya que es una pieza clave en la vida del ser humano, de su desarrollo como persona y de su futuro en la sociedad dentro de la cual se produce ese desarrollo o en cualquier otra.
“La educación es un proceso humano y cultural complejo” (León, 2007, p. 596). Si queremos marcar su finalidad y definirla, vamos a necesitar saber qué entendemos por condición humana, qué del hombre en la naturaleza y de la cultura en general. Esto nos lleva a pensar en que una cosa es hablar del hombre y la cultura y otra de este hombre con sus características particulares en relación con otros con quienes se vincula y de quienes también depende (León, 2007).
Agulla define la educación del siguiente modo:
[Un] proceso especial de formación de la ‘persona social’, dado por la comunicación de contenidos culturales, de un educador a un educando (relación educativa), con vistas al logro de un objetivo o un fin determinado. El resultado de este proceso es la transformación de la ‘persona social’ en una dirección determinada, la que fijan los fines definidos por el sistema educativo, o los que se propone la agencia educativa de que se trate (familia, escuela, iglesia). (1969, en Brigido, 2006).
La educación alude a un proceso en el cual “una personalidad actúa sobre la otra con el fin de modificar el desarrollo de esta última”…. Como podemos apreciar, la educación comprende una relación entre dos personalidades y un espectro de influencias más amplio, que va más allá de la mera instrucción o de la pura enseñanza. (Brigido, 2006).
“Debemos replantearnos las modalidades de la enseñanza impartida durante la pandemia, de modo que nadie quede rezagado”, declaró la Sra. Azoulay, quien considera que la crisis actual significa también una oportunidad para repensar el futuro de la educación, en el marco de una reflexión mundial presentada por la UNESCO en 2019 mediante la iniciativa Los futuros de la educación. (Unesco, 2020, https://es.unesco.org/news/unesco-unicef-y-oms-publican-directivas-garantizar-seguridad-escuelas-durante-pandemia-covid-19).
ARTÍCULO 2° — La educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado.
ARTÍCULO 3° — La educación es una prioridad nacional y se constituye en política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social de la nación.
ARTÍCULO 4° — El Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho, con la participación de las organizaciones sociales y las familias…
ARTÍCULO 8° — La educación brindará las oportunidades necesarias para desarrollar y fortalecer la formación integral de las personas a lo largo de toda la vida y promover en cada educando/a la capacidad de definir su proyecto de vida, basado en los valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la diversidad, justicia, responsabilidad y bien común[2].[2] Arts. 2, 3, 4 y 8, Ley 26206. (2006). Ley de Educación Nacional. Honorable Congreso de la Nación. Recuperado de http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/120000-124999/123542/norma.htm
ARTÍCULO 11. — Los fines y objetivos de la política educativa nacional son:
a) Asegurar una educación de calidad con igualdad de oportunidades y posibilidades, sin desequilibrios regionales ni inequidades sociales.
b) Garantizar una educación integral que desarrolle todas las dimensiones de la persona y habilite tanto para el desempeño social y laboral como para el acceso a estudios superiores.
c) Brindar una formación ciudadana comprometida con los valores éticos y democráticos de participación, libertad, solidaridad, resolución pacífica de conflictos, respeto a los derechos humanos, responsabilidad, honestidad, valoración y preservación del patrimonio natural y cultural.
d) Fortalecer la identidad nacional, basada en el respeto a la diversidad cultural y a las particularidades locales, abierta a los valores universales y a la integración regional y latinoamericana.
e) Garantizar la inclusión educativa a través de políticas universales y de estrategias pedagógicas y de asignación de recursos que otorguen prioridad a los sectores más desfavorecidos de la sociedad…
f) Asegurar condiciones de igualdad, respetando las diferencias entre las personas, sin admitir discriminación de género ni de ningún otro tipo[3].[3] Art. 11, Ley 26206. (2006). Ley de Educación Nacional. Honorable Congreso de la Nación. Recuperado de http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/120000-124999/123542/norma.htm
Argentina.org. (2021). Ley de Educación Nacional N.° 26.206. Recuperado de https://www.argentina.gob.ar/educacion/validez-titulos/glosario/ley26206
Brigido, A. M. (2016). Sociología de la educación: temas y perspectivas fundamentales. Córdoba, AR: Brujas.
León, A. (2007). Qué es la educación. Educere, 11(39), 595-604. Recuperado de http://ve.scielo.org/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1316-49102007000400003
Ley 26206. (2006). Ley de Educación Nacional. Honorable Congreso de la Nación. Recuperado de http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/120000-124999/123542/norma.htm
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco). (2020). La UNESCO, el UNICEF y la OMS publican directivas para garantizar la seguridad en las escuelas durante la pandemia de COVID-19. Recuperado de https://es.unesco.org/news/unesco-unicef-y-oms-publican-directivas-garantizar-seguridad-escuelas-durante-pandemia-covid-19
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco). (2021). Derecho a la Educación - Acción jurídica. Recuperado de https://es.unesco.org/themes/derecho-a-educacion/accion-juridica